Artículo 2.2.6.1.6.1 del Decreto 1072 de 2015
De la obligación de promoción y divulgación del mecanismo de protección al cesante
Texto vigente del artículo 2.2.6.1.6.1 del Decreto 1072 de 2015, con sus modificaciones.
- Parte 2. Reglamentaciones
- Título 6. Normas referentes al empleo
- Capítulo 1. Mecanismo de protección al cesante
- Sección 6. Disposiciones varias relativas a los mecanismos de protección al cesante
ARTÍCULO 2.2.6.1.6.1. DE LA OBLIGACIÓN DE PROMOCIÓN Y DIVULGACIÓN DEL MECANISMO DE PROTECCIÓN AL CESANTE. El Ministerio del Trabajo, en cumplimiento de sus obligaciones como director y coordinador del Mecanismo de Protección al Cesante, determinará, mediante instructivos, la forma en que los diferentes participantes de los componentes del Mecanismo, colaborarán en la labor de promoción y divulgación del mismo.
(Decreto número 2852 de 2013, artículo 72)
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