Ley 1581 de 2012

Artículo 22 de la Ley 1581 de 2012

Trámite

Texto vigente del artículo 22 de la Ley 1581 de 2012, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.

  1. Título VII. De los mecanismos de vigilancia y sanción
  2. Capítulo II. Procedimiento y sanciones

ARTÍCULO 22. TRÁMITE. La Superintendencia de Industria y Comercio, una vez establecido el incumplimiento de las disposiciones de la presente ley por parte del Responsable del Tratamiento o el Encargado del Tratamiento, adoptará las medidas o impondrá las sanciones correspondientes.

En lo no reglado por la presente ley y los procedimientos correspondientes se seguirán las normas pertinentes del Código Contencioso Administrativo.

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