Artículo 127 de la Ley 142 de 1994
Inicio de la actuación administrativa para fijar nuevas tarifas
Texto vigente del artículo 127 de la Ley 142 de 1994, con sus modificaciones.
- Título VII. Organización y procedimientos administrativos
- Capítulo V. Las fórmulas tarifarias
ARTÍCULO 127. INICIO DE LA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA PARA FIJAR NUEVAS TARIFAS. Antes de doce meses de la fecha prevista para que termine la vigencia de las fórmulas tarifarias, la comisión deberá poner en conocimiento de las empresas de servicios públicos las bases sobre las cuales efectuará el estudio para determinar las fórmulas del período siguiente. Después, se aplicará lo previsto en el artículo 124.
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