Artículo 20 de la Ley 1328 de 2009
Procedimientos para la resolución de quejas o reclamaciones por parte de los defensores del consumidor financiero
Texto vigente del artículo 20 de la Ley 1328 de 2009, con sus modificaciones.
- Título I. Del régimen de protección al consumidor financiero
- Capítulo VII. Procedimientos
ARTÍCULO 20. PROCEDIMIENTOS PARA LA RESOLUCIÓN DE QUEJAS O RECLAMACIONES POR PARTE DE LOS DEFENSORES DEL CONSUMIDOR FINANCIERO. El Gobierno Nacional, mediante normas de carácter general, señalará el procedimiento para la presentación y resolución de quejas o reclamos ante el Defensor del Consumidor Financiero de las entidades vigiladas.
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