Artículo 221 de la Ley 115 de 1994
Divulgación de esta ley
Texto vigente del artículo 221 de la Ley 115 de 1994, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.
- Título XI. Disposiciones varias
- Capítulo II. Disposiciones transitorias y vigencia
ARTÍCULO 221. DIVULGACIÓN DE ESTA LEY. El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Educación Nacional coordinará la realización de foros, seminarios, debates y encuentros de discusión académica que permitan dar a conocer a todo el país, la naturaleza y alcances de la presente Ley.
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