Ley 1116 de 2006

Artículo 85 de la Ley 1116 de 2006

Finalidades

Texto vigente del artículo 85 de la Ley 1116 de 2006, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.

  1. Título III. De la insolvencia transfronteriza
  2. Capítulo I. Disposiciones generales

ARTÍCULO 85. FINALIDADES. El presente Título tiene como propósito:

1. Regular la cooperación entre las autoridades competentes de la República de Colombia y de los Estados extranjeros que hayan de intervenir en casos de insolvencia transfronteriza.

2. Crear un mecanismo que dote de mayor seguridad jurídica al comercio y las inversiones.

3. Propender por una administración equitativa y eficiente de las insolvencias transfronterizas, que proteja los intereses de todos los acreedores y de las demás partes interesadas, incluido el deudor.

4. Garantizar la protección de los bienes del deudor y la optimización de su valor.

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