Artículo 252 del Código Sanitario Nacional
Texto vigente del artículo 252 de la Ley 9 de 1979 (Código Sanitario), con sus modificaciones.
- Título V. Alimentos
ARTICULO 252. Todas las superficies que estén en contacto directo con alimentos o bebidas deberán ser atóxicas e inalterables en condiciones de usos.
Consejo: usa las flechas ← y → del teclado para cambiar de artículo y la tecla / para buscar.