Artículo 17 del Código Sanitario Nacional
Texto vigente del artículo 17 de la Ley 9 de 1979 (Código Sanitario), con sus modificaciones.
- Título I. De la protección del medio ambiente
ARTICULO 17. El Ministerio de Salud o la entidad delegada adelantará investigaciones que permitan cuantificar los niveles reales de concentración de sustancias y determinar sus escalas de biodegradabilidad.
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