Artículo 11 del Código Sanitario Nacional
Texto vigente del artículo 11 de la Ley 9 de 1979 (Código Sanitario), con sus modificaciones.
- Título I. De la protección del medio ambiente
ARTICULO 11. Antes de instalar cualquier establecimiento industrial, la persona interesada deberá solicitar y obtener del Ministerio de Salud o de la entidad en quien éste delegue, autorización para verter los residuos líquidos.
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