Artículo 90 del Código Penal
Interrupción del término de prescripción de la sanción privativa de la libertad
Texto vigente del artículo 90 del Código Penal colombiano, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.
- Parte general
- Título IV. De las consecuencias jurídicas de la conducta punible
- Capítulo V. De la extinción de la acción y de la sanción penal
ARTÍCULO 90. INTERRUPCIÓN DEL TÉRMINO DE PRESCRIPCIÓN DE LA SANCIÓN PRIVATIVA DE LA LIBERTAD. El término de prescripción de la sanción privativa de la libertad se interrumpirá cuando el sentenciado fuere aprehendido en virtud de la sentencia, o fuere puesto a disposición de la autoridad competente para el cumplimiento de la misma.
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