Código PenalLey 599 de 2000

Artículo 282 del Código Penal

Emisión ilegal de efectos oficiales

Texto vigente del artículo 282 del Código Penal colombiano, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.

  1. Parte especial de los delitos en particular
  2. Título IX. Delitos contra la fe pública
  3. Capítulo II. De la falsificación de sellos, efectos oficiales y marcas

ARTÍCULO 282. EMISIÓN ILEGAL DE EFECTOS OFICIALES. El servidor público o la persona facultada para emitir efectos oficiales que ordene, realice o permita emisión en cantidad mayor a la autorizada, haga o deje circular el excedente, incurrirá en prisión de dieciséis (16) a noventa (90) meses e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo término.

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