Código PenalLey 599 de 2000

Artículo 269I del Código Penal

Hurto por medios informáticos y semejantes

Texto vigente del artículo 269I del Código Penal colombiano, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.

  1. Parte especial de los delitos en particular
  2. Título VII bis. De la protección de la información y de los datos
  3. Capítulo II. De los atentados informáticos y otras infracciones

ARTÍCULO 269I. HURTO POR MEDIOS INFORMÁTICOS Y SEMEJANTES. El que, superando medidas de seguridad informáticas, realice la conducta señalada en el artículo 239 manipulando un sistema informático, una red de sistema electrónico, telemático u otro medio semejante, o suplantando a un usuario ante los sistemas de autenticación y de autorización establecidos, incurrirá en las penas señaladas en el artículo 240 de este Código.

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