Artículo 131-A del Código Penal
Omisión en la atención inicial de urgencias
Este artículo no tiene texto vigente. Revisado al 15 de septiembre de 2026.
- Parte especial de los delitos en particular
- Título I. Delitos contra la vida y la integridad personal
- Capítulo VII. De la omisión de socorro
ARTÍCULO 131-A. OMISIÓN EN LA ATENCIÓN INICIAL DE URGENCIAS. (Declarado inexequible)
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