Código PenalLey 599 de 2000

Artículo 102 del Código Penal

Apología del genocidio

  1. Parte especial de los delitos en particular
  2. Título I. Delitos contra la vida y la integridad personal
  3. Capítulo I. Del genocidio

Texto vigente con sus modificaciones · actualizado al 15 de septiembre de 2026

ARTÍCULO 102. APOLOGÍA DEL GENOCIDIO. El que por cualquier medio difunda ideas o doctrinas que propicien, promuevan, el genocidio o el antisemitismo o de alguna forma lo justifiquen o pretendan la rehabilitación de regímenes o instituciones que amparen prácticas generadoras de las mismas, incurrirá en prisión de noventa y seis (96) a ciento ochenta (180) meses, multa de seiscientos sesenta y seis punto sesenta y seis (666.66) a mil quinientos (1.500) salarios mínimos legales mensuales vigentes, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas de ochenta (80) a ciento ochenta (180) meses.

En esta sección

Capítulo I. Del genocidio

  1. Art. 101Genocidio
  2. Art. 102Apología del genocidio
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