Artículo 33 del Código Nacional de Tránsito
Permiso para carga
Texto vigente del artículo 33 del Código Nacional de Tránsito, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.
- Título II. Régimen nacional de tránsito
- Capítulo III. Vehículos
ARTÍCULO 33. PERMISO PARA CARGA. El Ministerio de Transporte definirá lo referente a permisos para transportar cargas indivisibles, extrapesadas y extradimensionadas, así como las especificaciones de los vehículos que realizan esta clase de transporte.
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