Código Nacional de Seguridad y Convivencia CiudadanaLey 1801 de 2016

Artículo 9 del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana

Ejercicio de la libertad y de los derechos de los asociados

Texto vigente del artículo 9 del Código de Policía (Ley 1801 de 2016), con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.

  1. Libro primero. Disposiciones generales
  2. Título I. Objeto del Código, ámbito de aplicación y autonomía
  3. Capítulo II. Bases de la convivencia y seguridad ciudadana

ARTÍCULO 9o. EJERCICIO DE LA LIBERTAD Y DE LOS DERECHOS DE LOS ASOCIADOS. Las autoridades garantizarán a las personas que habitan o visitan el territorio colombiano, el ejercicio legítimo de los derechos y las libertades constitucionales, con fundamento en su autonomía personal, autorregulación individual y social.

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