Artículo 250 del Código General Disciplinario
Archivo definitivo
Texto vigente del artículo 250 del Código General Disciplinario (Ley 1952 de 2019), con sus modificaciones.
- Parte especial
- Libro IV. Procedimiento disciplinario
- Título XI. Régimen de los funcionarios de la rama judicial
- Capítulo VI. Investigación disciplinaria
ARTÍCULO 250. ARCHIVO DEFINITIVO. El archivo definitivo de la actuación disciplinaria procederá en cualquier etapa, cuando se establezcan plenamente los presupuestos enunciados en el presente código.
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