Código General DisciplinarioLey 1952 de 2019

Artículo 232 del Código General Disciplinario

Ejecutoria de la decisión

Texto vigente del artículo 232 del Código General Disciplinario, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.

  1. Parte especial
  2. Libro IV. Procedimiento disciplinario
  3. Título IX. Procedimiento
  4. Capítulo V. Juzgamiento

ARTÍCULO 232. EJECUTORIA DE LA DECISIÓN. La decisión final se entenderá notificada en estrados y quedará ejecutoriada a la terminación de la misma, si no fuere recurrida.

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