Artículo 221 del Código General Disciplinario
Decisión de evaluación
Texto vigente del artículo 221 del Código General Disciplinario (Ley 1952 de 2019), con sus modificaciones.
- Parte especial
- Libro IV. Procedimiento disciplinario
- Título IX. Procedimiento
- Capítulo IV. Cierre de la investigación y evaluación
ARTÍCULO 221. DECISIÓN DE EVALUACIÓN. Una vez surtida la etapa prevista en el artículo anterior, el funcionario de conocimiento, mediante decisión motivada, evaluará el mérito de las pruebas recaudadas y formulará pliego de cargos al disciplinable o terminará la actuación y ordenará el archivo, según corresponda.
Consejo: usa las flechas ← y → del teclado para cambiar de artículo y la tecla / para buscar.