Artículo 4 del Código Electoral
Texto vigente del artículo 4 del Código Electoral (Decreto 2241 de 1986), con sus modificaciones.
- Título I. Normas generales
ARTICULO 4o. La calidad de ciudadano en ejercicio es condición previa indispensable para elegir y ser elegido y para desempeñar empleos públicos que lleven anexa autoridad o jurisdicción. (Artículo 2o. del Acto Legislativo número 1 de 1975).
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