Artículo 463 del Código de Procedimiento Penal
Informes
Texto vigente del artículo 463 del Código de Procedimiento Penal, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.
- Parte VI. Reglas relativas a la prueba de referencia
- Libro IV. Ejecución de sentencias
- Título I. Ejecución de penas y medidas de seguridad
- Capítulo I. Ejecución de penas
ARTÍCULO 463. INFORMES. La autoridad encargada de cumplir o vigilar el cumplimiento de estas sanciones informará lo pertinente al juez de ejecución de penas y medidas de seguridad.
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