Artículo 273 del Código de Procedimiento Penal
Criterios de valoración
- Libro II. Técnicas de indagación e investigación de la prueba y sistema probatorio
- Titulo I. La indagación y la investigación
- Capitulo VI. Facultades de la defensa en la investigación
Texto vigente con sus modificaciones · actualizado al 15 de septiembre de 2026
ARTÍCULO 273. CRITERIOS DE VALORACIÓN. La valoración de los elementos materiales probatorios y evidencia física se hará teniendo en cuenta su legalidad, autenticidad, sometimiento a cadena de custodia y grado actual de aceptación científica, técnica o artística de los principios en que se funda el informe.
En esta sección
Capitulo VI. Facultades de la defensa en la investigación
- Art. 267Facultades de quien no es imputado
- Art. 268Facultades del imputado
- Art. 269Contenido de la solicitud
- Art. 270Actuación del perito
- Art. 271Facultad de entrevistar
- Art. 272Obtención de declaración jurada
- Art. 273Criterios de valoración
- Art. 274Solicitud de prueba anticipada
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