Artículo 180 del Código de Procedimiento Penal: Finalidad

Código de Procedimiento PenalLey 906 de 2004

Artículo 180 del Código de Procedimiento Penal

Finalidad

  1. Libro I. Disposiciones generales
  2. Titulo VI. La actuacion
  3. Capitulo IX. Casación

Texto vigente con sus modificaciones · actualizado al 15 de septiembre de 2026

ARTÍCULO 180. FINALIDAD. El recurso pretende la efectividad del derecho material, el respeto de las garantías de los intervinientes, la reparación de los agravios inferidos a estos, y la unificación de la jurisprudencia.

En esta sección

Capitulo IX. Casación

  1. Art. 180Finalidad
  2. Art. 181Procedencia
  3. Art. 182Legitimación
  4. Art. 183Oportunidad
  5. Art. 184Admisión
  6. Art. 185Decisión
  7. Art. 186Acumulación de fallos
  8. Art. 187Aplicación extensiva
  9. Art. 188Principio de no agravación
  10. Art. 189Suspensión de la prescripción
  11. Art. 190De la libertad
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