Artículo 12 del Código de la Infancia y la Adolescencia
Perspectiva de género
Texto vigente del artículo 12 del Código de Infancia y Adolescencia, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.
- Libro I. La protección integral
- Título I. Disposiciones generales
- Capítulo I. Principios y definiciones
ARTÍCULO 12. PERSPECTIVA DE GÉNERO. Se entiende por perspectiva de género el reconocimiento de las diferencias sociales, biológicas y psicológicas en las relaciones entre las personas según el sexo, la edad, la etnia y el rol que desempeñan en la familia y en el grupo social. Esta perspectiva se debe tener en cuenta en la aplicación de este código, en todos los ámbitos en donde se desenvuelven los niños, las niñas y los adolescentes, para alcanzar la equidad.
En esta sección
Capítulo I. Principios y definiciones
- Art. 6Reglas de interpretación y aplicación
- Art. 7Protección integral
- Art. 8Interés superior de los niños, las niñas y los adolescentes
- Art. 9Prevalencia de los derechos
- Art. 10Corresponsabilidad
- Art. 11Exigibilidad de los derechos
- Art. 12Perspectiva de género
- Art. 13Derechos de los niños, las niñas y los adolescentes de los pueblos indígenas y demás grupos étnicos
- Art. 14La responsabilidad parental
- Art. 15Ejercicio de los derechos y responsabilidades
- Art. 16Deber de vigilancia del estado
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