Código de Extinción de DominioLey 1708 de 2014

Artículo 135 del Código de Extinción de Dominio

Requerimiento de sentencia anticipada

Texto vigente del artículo 135 de la Ley 1708 de 2014 (extinción de dominio), con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.

  1. Libro III. De la acción de extinción de dominio
  2. Título IV. Procedimiento
  3. Capítulo II. Del procedimiento abreviado de extinción de dominio

ARTÍCULO 135. REQUERIMIENTO DE SENTENCIA ANTICIPADA. En los casos previstos en los artículos anteriores, el Fiscal deberá presentar ante el Juez requerimiento de sentencia anticipada de extinción de dominio, en la cual deberá sustentar, además de los elementos que fundamentan sus pretensión, el cumplimiento de los presupuestos señalados en el presente capítulo.

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