Código de ComercioDecreto 410 de 1971

Artículo 513 del Código de Comercio

Texto vigente del artículo 513 del Código de Comercio colombiano, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.

  1. Libro segundo. De las sociedades comerciales
  2. Título X. De las cuentas en participación

ARTÍCULO 513. Salvo las modificaciones resultantes de la naturaleza jurídica de la participación, ella producirá entre los partícipes los mismos derechos y obligaciones que la sociedad en comandita simple confiere e impone a los socios entre sí.

Consejo: usa las flechas ← y → del teclado para cambiar de artículo y la tecla / para buscar.