Artículo 379 del Código Civil

Código CivilLey 84 de 1873

Artículo 379 del Código Civil

  1. Libro primero. De las personas
  2. Título XX. De las pruebas del estado civil

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ARTÍCULO 379. (Derogado)

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Título XX. De las pruebas del estado civil

  1. Art. 374Sin texto vigente
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  5. Art. 378Sin texto vigente
  6. Art. 379Sin texto vigente
  7. Art. 380Sin texto vigente
  8. Art. 381Sin texto vigente
  9. Art. 382Sin texto vigente
  10. Art. 383Sin texto vigente
  11. Art. 384Sin texto vigente
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