Artículo 19 del Código de la Infancia y la Adolescencia
Derecho a la rehabilitación y la resocialización
Texto vigente del artículo 19 del Código de Infancia y Adolescencia, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.
- Libro I. La protección integral
- Título I. Disposiciones generales
- Capítulo II. Derechos y libertades
ARTÍCULO 19. DERECHO A LA REHABILITACIÓN Y LA RESOCIALIZACIÓN. Los niños, las niñas y los adolescentes que hayan cometido una infracción a la ley tienen derecho a la rehabilitación y resocialización, mediante planes y programas garantizados por el Estado e implementados por las instituciones y organizaciones que este determine en desarrollo de las correspondientes políticas públicas.
En esta sección
Capítulo II. Derechos y libertades
- Art. 17Derecho a la vida y a la calidad de vida y a un ambiente sano
- Art. 18Derecho a la integridad personal
- Art. 18ADerecho al buen trato
- Art. 19Derecho a la rehabilitación y la resocialización
- Art. 20Derechos de protección
- Art. 21Derecho a la libertad y seguridad personal
- Art. 22Derecho a tener una familia y a no ser separado de ella
- Art. 23Custodia y cuidado personal
- Art. 24Derecho a los alimentos
- Art. 25Derecho a la identidad
- Art. 26Derecho al debido proceso
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