Código PenalLey 599 de 2000

Artículo 426 del Código Penal

Simulación de investidura o cargo

Texto vigente del artículo 426 del Código Penal colombiano, con sus modificaciones.

  1. Parte especial de los delitos en particular
  2. Título XV. Delitos contra la administración pública
  3. Capítulo IX. De la usurpación y abuso de funciones públicas

ARTÍCULO 426. SIMULACIÓN DE INVESTIDURA O CARGO. El que simulare investidura o cargo público o fingiere pertenecer a la fuerza pública, incurrirá en prisión de dos (2) a cuatro (4) años y en multa de tres (3) a quince (15) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

En la misma pena incurrirá el que con fines ilícitos porte o utilice uniformes o distintivos de una persona jurídica.

La pena se duplicará si la conducta se realiza con fines terroristas o cuando se participe en grupos de delincuencia organizada.

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