Código PenalLey 599 de 2000

Artículo 82 del Código Penal

Extinción de la acción penal

Texto vigente del artículo 82 del Código Penal colombiano, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.

  1. Parte general
  2. Título IV. De las consecuencias jurídicas de la conducta punible
  3. Capítulo V. De la extinción de la acción y de la sanción penal

ARTÍCULO 82. EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL. Son causales de extinción de la acción penal:

1. La muerte del procesado.

2. El desistimiento.

3. La amnistía propia.

4. La prescripción.

5. La oblación.

6. El pago en los casos previstos en la ley.

7. La indemnización integral en los casos previstos en la ley.

8. La retractación en los casos previstos en la ley.

9. Las demás que consagre la ley.

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