Artículo 11 del Código Penal
Antijuridicidad
Texto vigente del artículo 11 del Código Penal colombiano, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.
- Parte general
- Título I. De las normas rectoras de la ley penal colombiana
- Capítulo único
ARTÍCULO 11. ANTIJURIDICIDAD. Para que una conducta típica sea punible se requiere que lesione o ponga efectivamente en peligro, sin justa causa, el bien jurídicamente tutelado por la ley penal.
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