Artículo 2261 del Código Civil
Texto vigente del artículo 2261 del Código Civil colombiano, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.
- Libro cuarto de las obligaciones en general y de los contratos
- Título XXXI. Del depósito y el secuestro
- Capítulo II. Del depósito necesario
- Parágrafo 1o
ARTÍCULO 2261. Acerca del depósito necesario es admisible toda especie de prueba.
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