Ley 115 de 1994

Artículo 127 de la Ley 115 de 1994

Autoridad nominadora de los directivos docentes

Texto vigente del artículo 127 de la Ley 115 de 1994, con sus modificaciones.

  1. Título VI. De los educadores
  2. Capítulo V. Directivos docentes

ARTÍCULO 127. AUTORIDAD NOMINADORA DE LOS DIRECTIVOS DOCENTES. Los rectores o directores, vicerrectores, coordinadores, supervisores, directores de núcleo y demás directivos docentes de las instituciones educativas estatales a que se refiere el Estatuto Docente, serán nombrados por los gobernadores, los alcaldes de distritos o municipios que hayan asumido dicha competencia, previo concurso convocado por el departamento distrito.

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