Artículo 125 de la Ley 1474 de 2011
Control de legalidad
Texto vigente del artículo 125 de la Ley 1474 de 2011, con sus modificaciones.
- Capítulo VIII. Medidas para la eficiencia y eficacia del control fiscal en la lucha contra la corrupción
- Sección segunda. Medidas para el fortalecimiento del ejercicio de la función de control fiscal
ARTÍCULO 125. CONTROL DE LEGALIDAD. Cuando los órganos de control fiscal adviertan por cualquier medio el quebrantamiento del principio de legalidad, podrán interponer las acciones constitucionales y legales pertinentes ante las autoridades administrativas y judiciales competentes y, en ejercicio de estas acciones, solicitar las medidas cautelares necesarias para evitar la consumación de un daño al patrimonio público, quienes le darán atención prioritaria a estas solicitudes.
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