Artículo 124 de la Ley 1448 de 2011
Postulaciones al subsidio familiar de vivienda
Texto vigente del artículo 124 de la Ley 1448 de 2011, con sus modificaciones.
- Título IV. Reparación de las víctimas
- Capítulo IV. Restitución de vivienda
ARTÍCULO 124. POSTULACIONES AL SUBSIDIO FAMILIAR DE VIVIENDA. Los postulantes al Subsidio Familiar de Vivienda en las condiciones de que trata este capítulo, podrán acogerse a cualquiera de los planes declarados elegibles por el Fondo Nacional de Vivienda o la entidad que haga sus veces, o por el Banco Agrario o la entidad que haga sus veces, según corresponda.
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