Ley 1258 de 2008

Artículo 3 de la Ley 1258 de 2008

Naturaleza

Texto vigente del artículo 3 de la Ley 1258 de 2008, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.

  1. Capítulo I. Disposiciones generales

ARTÍCULO 3o. NATURALEZA. La sociedad por acciones simplificada es una sociedad de capitales cuya naturaleza será siempre comercial, independientemente de las actividades previstas en su objeto social. Para efectos tributarios, la sociedad por acciones simplificada se regirá por las reglas aplicables a las sociedades anónimas.

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