Artículo 31 de la Ley 115 de 1994
Áreas fundamentales de la educación media académica
Texto vigente del artículo 31 de la Ley 115 de 1994, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.
- Título II. Estructura del servicio educativo
- Capítulo I. Educación formal
- Sección IV. Educación media
ARTÍCULO 31. ÁREAS FUNDAMENTALES DE LA EDUCACIÓN MEDIA ACADÉMICA. Para el logro de los objetivos de la educación media académica serán obligatorias y fundamentales las mismas áreas de la educación básica en un nivel más avanzado, además de las ciencias económicas, políticas y la filosofía.
PARÁGRAFO. Aunque todas las áreas de la educación media académica son obligatorias y fundamentales, las instituciones educativas organizarán la programación de tal manera que los estudiantes puedan intensificar, entre otros, en ciencias naturales, ciencias sociales, humanidades, arte o lenguas extranjeras, de acuerdo con su vocación e intereses, como orientación a la carrera que vayan a escoger en la educación superior.
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