Artículo 225 de la Constitución Política
Texto vigente del artículo 225 de la Constitución Política de Colombia, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.
- Título VII. De la rama ejecutiva
- Capítulo 8. De las relaciones internacionales
ARTICULO 225. La Comisión Asesora de Relaciones Exteriores, cuya composición será determinada por la ley, es cuerpo consultivo del Presidente de la República.
En esta sección
Capítulo 8. De las relaciones internacionales
- Art. 224Los tratados, para su validez, deberán ser aprobados por el Congreso. Sin embargo, el…
- Art. 225La Comisión Asesora de Relaciones Exteriores, cuya composición será determinada por la ley, es…
- Art. 226El Estado promoverá la internacionalización de las relaciones políticas, económicas, sociales…
- Art. 227El Estado promoverá la integración económica, social y política con las demás naciones y…
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