Código de Procedimiento PenalLey 906 de 2004

Artículo 199 del Código de Procedimiento Penal

Desistimiento

Texto vigente del artículo 199 del Código de Procedimiento Penal, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.

  1. Libro I. Disposiciones generales
  2. Título VI. La actuación
  3. Capítulo XI. Disposición común a la casación y acción de revisión

ARTÍCULO 199. DESISTIMIENTO. Podrá desistirse del recurso de casación y de la acción de revisión antes de que la Sala las decida.

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