Código de Ética MédicaLey 23 de 1981

Artículo 84 del Código de Ética Médica

Texto vigente del artículo 84 de la Ley 23 de 1981 (Ética Médica), con sus modificaciones.

  1. Título III. Órganos de control y régimen disciplinario
  2. Capítulo III. De las sanciones

ARTICULO 84. El Tribunal Seccional Etico Profesional es competente para aplicar las sanciones a que se refieren los literales a), b) y c) del artículo 84 de la presente Ley. Cuando a su juicio, haya mérito para aplicar la suspensión de que trata el literal d) del artículo 83. Dará traslado, dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha del pronunciamiento de fondo al Tribunal Nacional para que se decida.

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