Artículo 503 del Código de Comercio
Texto vigente del artículo 503 del Código de Comercio colombiano, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.
- Libro segundo. De las sociedades comerciales
- Título IX. De la sociedad mercantil de hecho
ARTÍCULO 503. La administración de la empresa social se hará como acuerden válidamente los asociados, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 501 respecto de terceros.
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