Artículo 174 del Código de Comercio

Código de ComercioDecreto 410 de 1971

Artículo 174 del Código de Comercio

  1. Libro segundo. De las sociedades comerciales
  2. Título I. Del contrato de sociedad
  3. Capítulo VI transformación y fusión de las sociedades
  4. Sección II. Fusión

Texto vigente con sus modificaciones · actualizado al 15 de septiembre de 2026

ARTÍCULO 174. Los representantes legales de las sociedades interesadas darán a conocer al público la aprobación del compromiso, mediante aviso publicado en un diario de amplia circulación nacional. Dicho aviso deberá contener:

1) Los nombres de las compañías participantes, sus domicilios y el capital social, o el suscrito y el pagado, en su caso;

2) El valor de los activos y pasivos de las sociedades que serán absorbidas y de la absorbente, y

3) La síntesis del anexo explicativo de los métodos de evaluación utilizados y del intercambio de partes de interés, cuotas o acciones que implicará la operación, certificada por el revisor fiscal, si lo hubiere o, en su defecto, por un contador público.

En esta sección

Sección II. Fusión

  1. Art. 172Habrá fusión cuando una o más sociedades se disuelvan, sin liquidarse, para ser absorbidas por…
  2. Art. 173Las juntas de socios o las asambleas aprobarán, con el quórum previsto en sus estatutos para…
  3. Art. 174Los representantes legales de las sociedades interesadas darán a conocer al público la…
  4. Art. 175Dentro de los treinta días siguientes a la fecha de publicación del acuerdo de fusión, los…
  5. Art. 176Cuando la fusión imponga a los asociados una responsabilidad mayor que la contraída bajo la…
  6. Art. 177Cumplido lo prescrito en los artículos anteriores, podrá formalizarse el acuerdo de fusión. En…
  7. Art. 178En virtud del acuerdo de fusión, una vez formalizado, la sociedad absorbente adquiere los…
  8. Art. 179El representante legal de la nueva sociedad o de la absorbente asumirá la representación de la…
  9. Art. 180Lo dispuesto en esta Sección podrá aplicarse también al caso de la formación de una nueva…
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