Código de ComercioDecreto 410 de 1971

Artículo 1374 del Código de Comercio

Texto vigente del artículo 1374 del Código de Comercio colombiano, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.

  1. Libro cuarto. De los contratos y obligaciones mercantiles
  2. Título XV. El contrato de edición

ARTÍCULO 1374. En la carátula de cada ejemplar deberá expresarse el nombre o seudónimo del autor, el nombre de la obra, el nombre del traductor y el título original de dicha obra, si se tratare de traducción, el año y lugar de la edición, el nombre y dirección del editor y del impresor.

No se expresará el nombre del autor o del traductor cuando se hubiere pactado el anonimato.

En el reverso de la carátula se expresará el número y fecha del registro de la propiedad intelectual, el tiraje, el número de ejemplares, el año y lugar de las ediciones anteriores.

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