Código CivilLey 84 de 1873

Artículo 564 del Código Civil

Este artículo no tiene texto vigente. Revisado al 15 de septiembre de 2026.

  1. Libro primero. De las personas
  2. Título XXX. De la curaduría de bienes

ARTÍCULO 564. (Derogado)

Consejo: usa las flechas ← y → del teclado para cambiar de artículo y la tecla / para buscar.