Código de ComercioDecreto 410 de 1971

Artículo 1363 del Código de Comercio

Texto vigente del artículo 1363 del Código de Comercio colombiano, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.

  1. Libro cuarto. De los contratos y obligaciones mercantiles
  2. Título XV. El contrato de edición

ARTÍCULO 1363. Salvo estipulación en contrario, cuando se trate de obras que deban ser actualizadas por envíos periódicos, el editor deberá preferir al autor para la elaboración de los envíos de actualización; si el autor no aceptare hacerlo, podrá el editor contratar dicha elaboración con una persona idónea, a juicio del autor y del editor.

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