Artículo 79 de la Ley 1474 de 2011
Pedagogía de las competencias ciudadanas
Texto vigente del artículo 79 de la Ley 1474 de 2011, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.
- Capítulo VI. Políticas institucionales y pedagógicas
ARTÍCULO 79. PEDAGOGÍA DE LAS COMPETENCIAS CIUDADANAS. Los establecimientos educativos de educación básica y media incluirán en su Proyecto Educativo Institucional, según lo consideren pertinente, estrategias para el desarrollo de competencias ciudadanas para la convivencia pacífica, la participación y la responsabilidad democrática, y la identidad y valoración de la diferencia, lo cual deberá verse reflejado en actividades destinadas a todos los miembros de la comunidad educativa. Específicamente, desde el ámbito de participación se orientará hacia la construcción de una cultura de la legalidad y del cuidado de los bienes comunes.
PARÁGRAFO. El Ministerio de Educación Nacional y las Secretarías de Educación promoverán programas de formación docente para el desarrollo de las competencias ciudadanas.
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