Ley 1448 de 2011

Artículo 71 de la Ley 1448 de 2011

Restitución

Texto vigente del artículo 71 de la Ley 1448 de 2011, con sus modificaciones.

  1. Título IV. Reparación de las víctimas
  2. Capítulo II. Disposiciones generales de restitución

ARTÍCULO 71. RESTITUCIÓN. Se entiende por restitución, la realización de medidas para el restablecimiento de la situación anterior a las violaciones contempladas en el artículo 3o de la presente Ley.

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