Código de ComercioDecreto 410 de 1971

Artículo 583 del Código de Comercio

Texto vigente del artículo 583 del Código de Comercio colombiano, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.

  1. Libro tercero. De los bienes mercantiles
  2. Título II. De la propiedad industrial
  3. Capítulo II. Signos distintivos
  4. Sección I. Definiciones

ARTÍCULO 583.

1)

2)

3)

4) Se entiende por nombre comercial el que designa al empresario como tal;

5) Se entiende por enseña el signo que utiliza una empresa para identificar su establecimiento;

6)

7)

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