Artículo 5 del Decreto 2591 de 1991
Procedencia de la acción de tutela
Texto vigente del artículo 5 del Decreto 2591 de 1991, con sus modificaciones.
- Capítulo I. Disposiciones generales y procedimiento
ARTICULO 5o. PROCEDENCIA DE LA ACCION DE TUTELA. La acción de tutela procede contra toda acción u omisión de las autoridades públicas, que haya violado, viole o amenace violar cualquiera de los derechos de que trata el artículo 2 de esta ley. También procede contra acciones u omisiones de particulares, de conformidad con lo establecido en el Capítulo III de este Decreto. La procedencia de la tutela en ningún caso está sujeta a que la acción de la autoridad o del particular se haya manifestado en un acto jurídico escrito.
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